El Colegio de Enfermería de Alicante, conjuntamente con la Asociación Científica Española de Enfermería y Salud Escolar (ACEESE) y la Asociación Valenciana de Enfermería Pediátrica (AVEPED), pide a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que se pronuncie respecto a las últimas noticias que hacen referencia a la modificación del artículo 59 de la Ley 10/2014 de Salud de la Comunidad Valenciana, en lo referente al informe de salud escolar. Una modificación con la que desde Sanidad se busca sortear el efecto de la anulación judicial de la resolución que regulaba la atención sanitaria al alumnado con problemas de salud crónicos de la Comunidad Valenciana gracias al recurso que interpuso en su día la Organización Colegial de Enfermería de la Comunidad Valenciana.
Durante el pasado mes de junio la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública solicitaba a las sociedades científicas y colegios profesionales que se colaborase y se mandaran propuestas para la modificación del artículo 59 de la Ley 10/2014. Desde el Colegio de Enfermería de Alicante, y en estrecha colaboración con AVEPED y ACEESE, se mandaron varias propuestas para mejorar este artículo a favor de una mayor seguridad de los escolares y, especialmente, en lo referente a los informes de salud de los alumnos con patologías crónicas.
Algunas de las propuestas mandadas a Conselleria desde el Colegio de Enfermería de Alicante se recogen en los siguientes puntos:
- Fomentar la comunicación bidireccional entre el centro escolar y la unidad básica de asistencia de su centro sanitario de Atención Primaria de referencia formado por pediatra y profesional de Enfermeria. El centro educativo deberá mandar un listado actualizado con los alumnos que tengan enfermedad crónica o aguda incapacitante dirigido al coordinador de Enfermería del centro de salud adscrito, con periodicidad anual.
- Los menores que tengan una enfermedad crónica o aguda incapacitante, deberán presentar un informe de salud que contendrá: prescripción de la medicación habitual, valoración de Enfermería actualizada y cuidados de Enfermería específicos. La encargada de emitir dicho informe será la unidad básica de asistencia de su centro sanitario de Atención Primaria y/o Especializada de referencia formada por pediatra y enfermera/o.
- Crear órganos de cooperación para la aplicación, desarrollo y seguimiento formados por un equipo multidisciplinar que incluya al menos las siguientes disciplinas: un profesional de la enseñanza, una enfermera/o especializado en Pediatría y/o Salud Escolar, un pediatra y un psicopedagogo. Su función principal es establecer e integrar en el temario un Programa de Educación para la Salud en las Escuelas e Institutos (PESEI).
- Fomentar la implantación de la Enfermera Escolar en el centro educativo, que será el profesional de referencia que haga de nexo de unión entre las familias, el ámbito sanitario y el escolar.
Ante ello, exigimos a la Conselleria que explique las verdaderas intenciones y cambios en lo referente a la modificación de esta ley y si son ciertas las informaciones que recogen los medios de comunicación en el sentido de que el nuevo texto autorizaría a los docentes a administrar fármacos si así lo indica un informe médico.
Desde el colectivo de Enfermería recordamos que la Organización Colegial de Enfermería de la Comunidad Valenciana, formada por el CECOVA y los colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia, ha conseguido que el TSJ- CV anule la resolución del 13 de junio del 2018 en el que se dictaban instrucciones que obligaban a los profesores a actuar e invadir competencias de la enfermería. Si se llevan a cabo estas modificaciones en la Ley de Salud sin tener en cuenta las aportaciones de los colectivos enfermeros, se volverá nuevamente a invadir dichas competencias poniendo en juego la seguridad del alumnado, sobre todo, de aquellos más vulnerables, como son los niños y niñas afectados de una patología crónica o con necesidades especiales.